sábado, 30 de marzo de 2013

Salud Ocupacional


RESPONSABILIDADES DE LOS EMPLEADORES FRENTE A LA SALUD OCUPACIONAL Y CUÁLES LAS SANCIONES SI HAY INCUMPLIMIENTO

 v Proveer exámenes médicos y dar capacitación a los empleados de acuerdo a la ley.
 v Examinar las condiciones del lugar de trabajo con el fin de verificar que cumplan con las normas de seguridad.
 v Es responsabilidad del personal administrativo garantizar que los trabajadores, cumplan todos los reglamentos y normas aplicables de seguridad y salud ocupacional, protección ambiental y los requisitos de la empresa.
v  Utilizar códigos de colores, póster  etiquetas o señales que indiquen a los empleados que existen posibles riesgos.
v  Verificar que los empleados tengan un uso adecuado de herramientas y equipos de trabajo seguros, para su labor diaria.

     SANCIONES AL EMPLEADOR  SI HAY INCUMPLIMIENTO

  Amonestación: Se amonestara al patrón que haya incumplido los requerimientos mediante oficio en el cual se señalaran las infracciones y las disposiciones de salud ocupacional, La copia de la amonestación que se entrega al comité de medicina, higiene, seguridad industrial de la empresa y al ministerio de trabajo y seguridad social.

   Multa: El ministerio de protección social, vencidos los plazos perentorios sin que se cumplan los requerimientos, impondrá multas sucesivas desde la suma equivalente a 200 smlv hasta 1000 smlv.

 Decomiso: Del producto, suspencion o cancelación del registro de licencia de funcionamiento de lugar de trabajo.

   Cierre Temporal o parcial, con base a los antecedentes y persistiendo el problema de salud ocupacional, copia de la resolución se remitirá inmediatamente al ministerio de protección social.

    Cierre Definitivo: El ministerio mediante resolución podrá ordenar el cierre definitivo del lugar de trabajo con base a los antecedentes y persistiendo el problema de salud ocupacional.

  RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADO FRENTE A LA SALUD OCUPACIONAL Y CUÁLES LAS SANCIONES SI HAY INCUMPLIMIENTO

v  Procurar el cuidado integral de su salud.
v  Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud actual.
v  Colaborar y velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas con los empleadores.
v  Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los programas de salud ocupacional de la empresa.
v  Participar en la prevención de riesgos profesionales a través de los comités paritarios de salud ocupacional.
v  Usar y mantener adecuadamente los dispositivos para control de riesgos y equipos de protección personal y conservar en orden y aseo los lugares de trabajo.


SANCIONES SI HAY INCUMPLIMIENTO


   El grave incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos, adoptados en forma general o específica, y que se encuentren dentro de los programas de salud ocupacional de la respectiva empresa, que le hayan comunicado por escrito, facultan al empleador para la terminación del vínculo o relación laboral por justa causa, tanto para los trabajadores privados como para los servidores públicos, previa autorización del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, respetando el derecho de defensa.









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